FANTAGUZZI PABLO NAHUEL C/ TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)2020
El tribunal reguló los honorarios del proceso por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual, homologando el acuerdo entre las partes y estableciendo los montos conforme a la normativa vigente. La sentencia declaró la inconstitucionalidad del art. 27 del Decreto 2530/10 y fijó honorarios en pesos y en unidades Jus arancelarios, considerando la importancia del asunto y la tarea profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pablo Nahuel Fantaguzzi, demanda a Telecom Argentina Sociedad Anónima por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual. La demandada fue la parte contraria. La resolución homologó un acuerdo transaccional por $1.750.000 y reguló los honorarios profesionales del mediador, abogados y peritos, en un contexto en que las leyes arancelarias y procesales en materia de honorarios estaban en revisión. La sentencia destaca que la aplicación de la Ley Provincial 14.967 y sus reglas sobre honorarios se deben aplicar en función del momento en que se devengan los honorarios, respetando la irretroactividad de la ley. Se declara la inconstitucionalidad del art. 27 del Decreto 2530/10, debido a su discordancia con la Constitución Provincial, y se regulan los honorarios en conformidad con la ley y considerando la importancia del asunto, el mérito y la tarea desarrollada. Se establecen los montos específicos para los honorarios del mediador, abogados y peritos, además de la tasa de justicia y contribución. La resolución también incluye pautas sobre la protección de datos personales y la notificación de honorarios.
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