PEREYRA OSVALDO FERNANDO S/ SUCESION AB-INTESTATO
La resolución ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos y la autorización de venta de un ½ del inmueble en proceso de sucesión, confirmando la caducidad de embargos y regulando honorarios y depósitos judiciales. La decisión se basa en la cumplimiento de requisitos legales y administrativos para asegurar la legalidad y protección de los derechos de los menores involucrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal dispuso la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en 2021 respecto a un inmueble en la localidad de San Justo, con referencia a la propiedad de la masa hereditaria. Además, autorizó la venta de la mitad del inmueble a favor de Fernanda Noemí Pellegrini en representación de su hija menor, Lucia Pereyra Pellegrini, en cumplimiento de las instrucciones de la Asesoría de Menores. Se dejó constancia de la caducidad de embargos anteriores, se reguló honorarios profesionales en $15 JUS y se ordenaron diversas diligencias administrativas y fiscales para la regularización y cumplimiento de la ley, incluyendo el depósito del monto de la venta en cuenta judicial, la denuncia de datos fiscales, y la presentación de títulos y documentación catastral. La resolución también establece que los honorarios deben ser abonados en los plazos previstos, y que se deben cumplir las normativas tributarias y de registro, garantizando la protección de los derechos de los menores y la legalidad del proceso.
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