PICCOLOTTO ALDO JORGE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se ordena la inscripción de la declaratoria de herederos y la regulación de honorarios profesionales en el proceso sucesorio de Aldo Piccolotto, incluyendo bienes muebles e inmuebles, y organismos registrales correspondientes, en concordancia con la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Laura Elizabeth Mato autorizó la inscripción de la declaratoria de herederos dictada el 28/09/2021 en el proceso sucesorio de Aldo Piccolotto, con relación a los bienes muebles e inmuebles identificados en autos. La resolución incluye la orden de envío de oficios electrónicos a los registros correspondientes para la registración de automotores y bienes inmuebles, así como la regulación de honorarios profesionales por parte de los abogados intervinientes, que se determinaron en base a las tareas realizadas en las distintas etapas del proceso, siendo a cargo de la masa hereditaria. La suma regulada en concepto de honorarios y los montos de los bienes heredados se fundamentan en los valores y porcentajes establecidos en la ley y en antecedentes anteriores del tribunal, específicamente en la causa 1876/2 "DEMONTE DE SOUZA, FRANCISCA Y OTROS S/SUCESION AB INTESTATO". La jueza también ordena la notificación electrónica a los co-herederos y abogados, y requiere la presentación de títulos de propiedad y declaración jurada patrimonial antes de continuar con el trámite. La resolución se fundamenta en la normativa procesal y arancelaria vigente, regulando además los honorarios y su forma de pago.
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