BOCCHICCHIO NILDA GRACIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La resolución judicial ordena la inscripción de la declaratoria de herederos y la cesión de derechos hereditarios, y establece los requisitos formales y documentales para el cumplimiento de la misma, incluyendo la presentación de valuación fiscal, título de propiedad y declaración jurada patrimonial. La decisión se fundamenta en la normativa procesal y fiscal vigente, y en los antecedentes registrales y hereditarios del expediente, ordenando además la confección de instrumentos notariales y la notificación electrónica correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Laura Elizabeth Mato resolvió ordenar la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en autos el 23/04/2019, junto con la Cesión de Derechos y Acciones Hereditarias referida a un 1/2 del bien inmueble sito en Circunscripción II Sección E, Manzana 239, Parcela 40 Subparcela 2, inscripto en la Matrícula N° 92.638/2. La resolución señala que, para completar el trámite, debe acompañarse la valuación fiscal vigente, conforme a los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, y cumplirse con los requisitos documentales y formales establecidos por la normativa procesal y fiscal, incluyendo la presentación del título de propiedad legible y la declaración jurada patrimonial. La decisión se fundamenta en la normativa que regula la registración y transmisión de derechos hereditarios, encomendando a la profesional interviniente la confección de los instrumentos necesarios y ordenando la notificación electrónica de las partes. La sentencia hace hincapié en la importancia de cumplir con los requisitos fiscales y registrales para la correcta inscripción del acto, y en la observancia de las resoluciones de la SCBA y del CPCC. No se menciona ningún voto en disidencia ni agravios en la resolución.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: