ASÍS AGUSTINA ANITA. S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos y cesión de derechos sobre un inmueble en La Matanza. La resolución consideró la caducidad de la anotación de embargo y dispuso la emisión de los instrumentos correspondientes, regulando honorarios y requisitos formales para el cumplimiento de la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La juez Laura Elizabeth Mato dispuso la inscripción de la declaratoria de herederos dictada en fecha 09/06/2025, junto con la cesión de derechos y acciones hereditarias sobre un inmueble en La Matanza, cuya matrícula es 6788, y cuyo informe de dominio revela una anotación de embargo caducada por vencimiento del plazo legal. La resolución se fundamentó en el cumplimiento de los requisitos del art. 765 del CPCC y en la caducidad de la medida de embargo, que no fue renovada y venció tras el plazo de cinco años. Además, se dispuso la emisión de los instrumentos necesarios según las resoluciones de la SCBA y se reguló la honorificación del profesional interviniente, Dr. Dario Oscar De Sousa Cadete, en atención a las tareas realizadas en distintas etapas del proceso. Se dejó constancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la presentación de la documentación requerida, incluyendo la Tasa de Justicia y aportes de ley, con base en la tasación de $8.534.162,50, correspondiente al 50% del valor del inmueble. La notificación se realizó electrónicamente a la heredera Navarro Sara Mirian, y se ordenó el cumplimiento de requisitos tributarios y de declaración patrimonial, en línea con lo previsto por la ley 14.967 y regulaciones conexas.
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