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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: FERNANDEZ , MAXIMILIANO ALBERTO Y OTROS s/LEGAJO DE APELACION

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín revoca la resolución que rechazaba la competencia del Juzgado Federal N° 1 y ordena que continúe interviniendo en la causa ese juzgado, considerando que los elementos de la investigación sugieren una organización delictiva que excede el narcomenudeo y que corresponde investigar también las armas secuestradas.

Recurso de apelacion Competencia Narcotrafico Armas de fuego Jurisdiccion federal Organizacion delictiva Investigacion Comunicaciones telefonicas Medidas cautelares. Distribucion territorial

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La Cámara revisa la resolución del 30 de junio de 2025 del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Martín, que rechazó la competencia del juzgado, y considera que los elementos obrantes en la causa evidencian una organización delictiva que supera la simple actividad de narcomenudeo.
- El recurrente, en este caso el Fiscal Federal interinamente a cargo, argumenta que la investigación revela indicios de un nivel de organización y despliegue que habilitaría la competencia del fuero federal, incluyendo datos sobre distribución territorial, participación de personas en funciones de vigilancia y vínculos con personal policial, además de conexiones con investigaciones en trámite en otro juzgado.
- La Cámara analiza los elementos probatorios, especialmente las comunicaciones telefónicas y las circunstancias del operativo, concluyendo que los indicios permiten inferir que la actividad ilícita no se limita al narcomenudeo, sino que podría tratarse de una organización compleja.
- En virtud de ello, revoca la resolución del 30 de junio de 2025 y ordena que continúe la investigación en el Juzgado Federal N° 1 de San Martín, además de disponer que también se investiguen las armas de fuego incautadas, dado que su empleo estaría vinculado a la actividad ilícita. Fundamentos principales: "los elementos incorporados evidenciarían un nivel de organización y despliegue por parte de los involucrados que trascendería el ámbito de intervención de la justicia ordinaria y habilitaría la competencia del fuero federal." "los diálogos y comunicaciones telefónicas remiten a instancias de aprovisionamiento previas, a la intervención de personas aún no identificadas y a eventuales vínculos con personal policial, circunstancias que -a su entender
- darían cuenta de una organización de mayor envergadura y que excede al último eslabón de comercialización." "las características del caso, junto con la existencia de diferentes puntos de acopio, acondicionamiento y venta, la distribución diferenciada de funciones y la posible existencia de disputas por el dominio territorial, permiten inferir que no se trata únicamente del último eslabón de la cadena de tráfico."

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