L, N. Y. c/ OSTPCHPYARA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que rechazó la acción de amparo por falta de prueba de lesión actual o inminente, y sostuvo que la conducta de la obra social no fue arbitraria o ilegal.
- Quién demanda: N. Y. L. (amparista)
¿A quién se demanda?
OSTPCHPYARA (obra social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
autorización del 100% para tratamiento médico interdisciplinario prequirúrgico para cirugía bariátrica, incluyendo consultas y estudios, y cobertura total.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que no se probó un daño actual o inminente, ni conducta arbitraria por parte de la obra social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó los agravios y las constancias del expediente, concluyendo que la actora no presentó documentación médica suscripta por profesional que indique detalladamente los estudios y evaluaciones requeridas. La documentación adjuntada, que solo refiere diagnóstico y tratamiento, no cumple con los requisitos legales para considerar un perjuicio actual o inminente. Además, el informe administrativo ratificó que la actora no solicitó prestaciones médicas ante la entidad, por lo que no se configuró una conducta arbitraria o ilegal. El tribunal recordó que el acto u omisión atacado debe afectar derechos constitucionales en forma actual o inminente, lo cual no ocurrió. Asimismo, se confirmó la imposición de costas a la parte vencida y la regulación de honorarios en los términos previstos por la ley 27.423, ajustados a la resolución del valor del UMA y la complejidad del proceso.
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