ALMADA, MARIA CRISTINA c/ TOTAL QUALITY SERVICES S.A. s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la ilegalidad del despido por considerar que la disolución contractual fue injustificada y que el despido basado en el artículo 244 de la Ley de Contrato de Trabajo fue ilegítimo. Además, ajustó la condena y estableció nuevas pautas de actualización y tasas de interés para las acreencias laborales.
¿Quién es el actor?
María Cristina Almada
¿A quién se demanda?
Total Quality Services S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido injustificado y cobro de indemnización.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que el despido fue ilegítimo y ajustó el monto de condena a $294.524, además de establecer la actualización del capital y los intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia admitió la pretensión de despido injustificado, y la parte empleadora cuestionó que la disolución contractual fuera injustificada. La Cámara analizó los intercambios telegráficos y las comunicaciones, concluyendo que la iniciativa rupturista fue desajustada a derecho y que, por tanto, el despido fue ilegítimo. Se resaltó que el incumplimiento injustificado por parte del trabajador no configura una intención de abandonar el vínculo, por lo que no puede considerarse abandono de trabajo. La sentencia también abordó la constitucionalidad de las normas de actualización y las sanciones, señalando que la prohibición de indexar carece de justificación constitucional en el contexto económico actual. Se modificó la condena, reduciéndola y ajustándola a parámetros de actualización y tasas de interés, y se impusieron las costas a cargo del empleador.
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