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ALMANDO BONIFACIO TRISTAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y aplicó las pautas de movilidad establecidas en esa ley, además de ordenar al organismo demandado el pago de diferencias por las actualizaciones no efectuadas correctamente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandada, ANSES, apeló la sentencia que ordenaba aplicar la normativa de movilidad vigente y rechazar las inconstitucionalidades planteadas. La Cámara reafirmó que los parámetros para la actualización deben seguir los precedentes de la Corte Suprema en “Elliff” y “Blanco”, y que se debe mantener el índice de la resolución 140/95 de la ANSeS, sin limitación temporal. La Cámara también confirmó la constitucionalidad de la ley 27.426, exceptuando las disposiciones que fueron declaradas inconstitucionales en otros autos, y rechazó los planteos de inconstitucionalidad respecto a la ley 27.541 y los decretos relacionados, remitiéndose además a fallos previos en similares cuestiones. En consecuencia, ordenó al organismo pagar las diferencias surgidas por la actualización de las jubilaciones en relación a los decretos de emergencia económica y aplicar la ley 27.609 a partir de marzo de 2021. La sentencia también confirmó la prescripción bienal y los intereses desde la mora.

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