CASTELLO, MARTHA ALICIA c/ AFIP s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente una sentencia que rechazaba la restitución de sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre beneficios previsionales, ordenando su devolución con intereses y aplicando las tasas ministeriales. La decisión se basa en la inconstitucionalidad de normas y precedentes jurisprudenciales que respaldan la devolución de los montos retenidos anteriores a la demanda.
¿Quién es el actor?
Martha Alicia Castello
¿A quién se demanda?
AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos)
- Objeto de la demanda: Reclamaba la declaración de inconstitucionalidad de artículos de la ley 20.628, textos según leyes 27.638/2021 y 27.701/2022, y la restitución de las sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias sobre beneficios previsionales, incluyendo intereses.
- Decisión del tribunal: La Cámara hace lugar al recurso de la actora, revoca parcialmente la decisión de primera instancia y ordena la devolución de las sumas retenidas antes de la interposición de la demanda, con intereses aplicando las tasas ministeriales vigentes o que las sustituyan en el futuro. Además, confirma la decisión en lo que no fue objeto de agravio y condena en costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jurisprudencia reiterada, incluyendo fallos de la CSJN, sostiene que en acciones de inconstitucionalidad relacionadas con retenciones previsionales, corresponde la devolución de las sumas retenidas desde la interposición de la demanda, considerando principios de economía procesal y derechos constitucionales. La sentencia destaca que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente ‘García’ reconoció que dentro del mismo proceso declarativo se debe ‘reintegrar a la actora desde el momento de la interposición de la demanda’” y que “no resulta razonable exigir a los recurrentes que deduzcan dos planteos ante distintos organismos”. Se remarca que las decisiones de la CSJN refuerzan la devolución de montos retenidos en exceso, y que las tasas aplicables son las vigentes en el momento del fallo.
- La resolución también señala que la jurisprudencia ha confirmado la inadmisibilidad de recursos extraordinarios interpuestos por la demandada, consolidando así la postura favorable a la devolución.
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