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B., M c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

La Cámara Federal de Córdoba confirma la procedencia del amparo por mora contra el Ministerio de Salud, ordenando su tramitación y rechazando la readecuación del proceso a la vía del amparo por silencio administrativo, considerando que la omisión de respuesta vulnera derechos fundamentales a la salud y peticionar.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora inició acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación, por el silencio administrativo respecto de su solicitud de inscripción en el Registro del Programa de Cannabis REPROCANN, tras un diagnóstico y prescripción médica. El juez de primera instancia resolvió readecuar la causa a un amparo por mora, requiriendo al Estado que informe sobre la demora. La parte actora interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio, argumentando que la omisión constituye rechazo tácito y que la vía del amparo es la adecuada por la gravedad del derecho a la salud. La Cámara analiza la constitucionalidad del recurso y la normativa de admisibilidad, concluyendo que la acción de amparo es procedente dado que la Administración omitió responder en tiempo y forma, afectando derechos constitucionales y tratados internacionales. La Cámara revoca la resolución de primera instancia, ordena tramitar la amparo conforme a la Ley 16.986 y destaca que la demora vulnera el derecho a la salud y peticionar, además de que readecuar la causa a una vía distinta no resolvería el fondo del asunto.

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