LATAM AIRLINES GROUP SA c/ EN - DNM - 2783/16 s/RECURSO DIRECTO PARA JUZGADOS
La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios a favor del letrado en base a la labor cumplida, elevando la suma a 3,33 UMAS ($247.672,08), y aclaró que no incluye IVA, debiendo la parte demandada abonar dicho impuesto si corresponde.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, representada por el Dr. Martin Youssefian, solicitó la regulación de honorarios por su trabajo profesional en el proceso.
- La Cámara reguló los honorarios en 3,33 UMAS ($247.672,08), a cargo de la parte demandada, en función de la extensión, calidad y eficacia del trabajo del letrado.
- La decisión se fundamenta en que la labor del profesional fue significativa y en conformidad con la normativa aplicable (arts. 16, 20, 25, 44 y ccdtes de la Ley 27.423 y Resolución SGA 1687/2025).
- Además, se aclaró que el monto regulado no comprende el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que si la parte beneficiaria está inscripta, debe depositar el monto correspondiente adicional por dicho tributo.
- La resolución fue firmada por los jueces Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo Fabio Treacy, y el acta indica que la misma fue suscripta electrónicamente el 12/08/2025.
- Se deja constancia del uso de licencia del Dr. Jorge F. Alemany, quien no suscribió la resolución.
Fundamentos principales:
“El tribunal considera que la labor realizada por el letrado en las etapas procesales justificó la elevación de los honorarios a 3,33 UMAS, en atención a la extensión y calidad del trabajo, y en cumplimiento de las normativas aplicables. La regulación no incluye el IVA, por lo que si la parte beneficiaria es responsable inscripta, deberá abonar el impuesto adicional.”
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