ESCUDERO, LUCAS ANDRES c/ CARDOZO, JUAN MANUEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad del demandado por daños en un accidente de tránsito ocurrido en Florida, Buenos Aires, el 24 de febrero de 2017, y modificó el criterio respecto a los intereses, estableciendo que estos deben calcularse desde la mora hasta el pago efectivo, en línea con la doctrina del tribunal.
- Quién demanda: Lucas Andrés Escudero
¿A quién se demanda?
Juan Manuel Cardozo (responsable del vehículo) y Paraná S.A. de Seguros (aseguradora)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido en Florida, Buenos Aires, el 24/02/2017, en el que el actor sufrió daños en su vehículo.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia que condenó al demandado y a la aseguradora fue confirmada en responsabilidad, modificando el punto de inicio de los intereses, que ahora se fijan desde la mora hasta el pago efectiv. Además, se dispuso costas a la parte demandada por la naturaleza del reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La responsabilidad del dueño y guardián del vehículo se basa en la responsabilidad objetiva prevista en los arts. 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial, aplicables a los daños causados por la circulación de vehículos. La prueba del hecho ilícito fue considerada suficiente, incluyendo la declaración de un testigo y el informe pericial que concluyó que el impacto ocurrió en la parte frontal derecha del vehículo del actor, en un contexto donde el camión retrocedió impactando en el momento del accidente. La responsabilidad del demandado se presume, y la defensa no logró probar la causa ajena ni la ruptura del nexo causal. Respecto a los intereses, la Sala confirmó el criterio de liquidación desde la mora, ajustando el punto de inicio para los daños materiales, estableciendo una tasa del 8% anual desde la mora hasta la fecha de la sentencia, en línea con la doctrina del tribunal, y descartando intereses por desvalorización de la moneda sobre el valor actual.
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