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MIKEL, JUAN CARLOS Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo por diferencias en la liquidación de haberes del personal penitenciario, sosteniendo que el Decreto N° 586/19 y la normativa complementaria derivan en un perjuicio económico y en la alteración de la equiparación salarial con la Policía Federal. La decisión se fundamenta en que las modificaciones en la escala salarial afectan la igualdad en las retribuciones, y que la normativa del Poder Ejecutivo no puede modificar la política salarial fijada por las leyes de fondo, en virtud de la jurisprudencia y la Constitución Nacional. La Cámara desestimó los agravios de la demandada respecto a la vía administrativa y la competencia del Poder Ejecutivo, reforzando que la acción de amparo es la vía adecuada para proteger derechos constitucionales en materia previsional y salarial.

Perjuicio economico Recursos administrativos Equiparacion salarial Jurisprudencia csjn Politica salarial Justicia federal Diferencias previsionales Decreto 586/19 Amparo salarial Regimen de antiguedad


- Quién demanda: Juan Carlos Mikel y otros actores.

¿A quién se demanda?

Servicio Penitenciario Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias en la liquidación del suplemento por antigüedad de servicios (SAS) y la equiparación salarial con la Policía Federal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al amparo y confirmó la sentencia de primera instancia, estableciendo que las modificaciones en el régimen salarial generan un perjuicio económico y vulneran la equiparación legal y constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Decreto N° 586/19 modificó el porcentaje del SAS, alterando la equiparación con la Policía Federal, en contra de lo dispuesto por la ley y la jurisprudencia, generando un perjuicio económico para los actores. La normativa del Poder Ejecutivo no puede modificar la política salarial fijada por las leyes de fondo, como la N° 20.416 y la N° 21.965, que establecen la igualdad de remuneraciones. La jurisprudencia de la CSJN y de tribunales superiores refuerza que las decisiones en materia salarial deben respetar la legislación y la Constitución." Además, se destaca que "el control judicial se limita a verificar la razonabilidad y la legalidad del acto administrativo, sin alterar la política salarial que corresponde a los poderes políticos".

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