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MAURE, JUAN CARLOS c/ AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD -ANDIS s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la resolución que ordenó a la demandada resolver el beneficio de pensión no contributiva por invalidez, considerando que la mora en la resolución fue acreditada y que la administración se encontraba en incumplimiento de su deber de resolver en plazo razonable, rechazando el argumento de la demandada de que actuó con diligencia y que no se encontraba en mora. La sentencia destacó que el retraso en la resolución constituye un acto arbitrario que vulnera el derecho a peticionar y a obtener una decisión fundada, e impuso las costas a la parte vencida.

Costas Responsabilidad del estado Derechos constitucionales Plazo razonable Mora administrativa Accion de amparo Amparo por mora Resolucion fundada Proteccion judicial Ley 24.463


¿Quién es el actor?

Juán Carlos Maure

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANDIS)
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por mora en la resolución del beneficio de pensión no contributiva por invalidez.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, ordenando a la demandada a resolver en 5 días, y rechazó el recurso de apelación de la demandada. La decisión se fundamenta en que la mora administrativa fue acreditada, dado que la entidad no resolvió en un plazo razonable, generando responsabilidad del Estado por la demora arbitraria. La sentencia también afirmó que el derecho a peticionar y a obtener una resolución fundada son derechos constitucionales que se ven vulnerados en estos casos, y que la demora en la resolución administrativa constituye un acto arbitrario. La Cámara también confirmó la imposición de costas a la demandada, que no respetó los plazos legales para resolver el trámite administrativo, y que, en consecuencia, debe responder por los perjuicios causados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mora en la resolución administrativa, acreditada por el retraso en el trámite, implica responsabilidad estatal objetiva. La acción de amparo por mora es un mecanismo para garantizar el derecho a obtener una decisión en plazo razonable, y la demora en la resolución viola los principios constitucionales del debido proceso y la tutela judicial efectiva. La ley 24.463 no resulta aplicable en este caso, ya que regula impugnaciones de actos administrativos, no la acción de amparo por mora. La imposición de costas a la parte que incumplió los plazos administrativos se fundamenta en que la demora fue arbitraria y causó perjuicios a la actora. La decisión es unánime y confirma la resolución de primera instancia.

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