ASTRA EVANGELISTAS SA (TF 26648-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Federal confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación que revocó una multa impuesta a Astra Evangelistas SA por infracción en la declaración aduanera, argumentando que no se acreditó la conducta ilícita, ya que no hubo ingreso o egreso de divisas del exterior.
- La actora, Astra Evangelistas SA, fue sancionada por el Tribunal Fiscal de la Nación por una infracción al artículo 954 del Código Aduanero, en relación con una supuesta incorrecta declaración del valor de exportación.
- La Cámara revocó dicha resolución, considerando que no hubo ingreso o egreso de divisas desde o hacia el exterior, dado que las operaciones se documentaron con depósitos en cuentas locales del banco, y que tanto la compradora como la vendedora estaban domiciliadas en territorio continental.
- La aduana invocó el principio de confianza que rige en materia aduanera, pero no refutó el razonamiento del Tribunal Fiscal sobre la inexistencia de maniobras que desnaturalicen la declaración. La Cámara sostuvo que la valoración de los hechos, en particular la ausencia de movimientos internacionales de divisas, no fue correctamente desmentida.
- La sentencia también destacó que la normativa del área aduanera especial de Tierra del Fuego contempla que las mercaderías importadas desde el resto del territorio continental se consideran procedentes del exterior, pero en este caso, no se acreditaron movimientos internacionales, por lo que no corresponde la sanción.
- Finalmente, se impusieron las costas a la parte vencida y se fijaron honorarios profesionales.
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