SUTTON DABBAH, DAVID c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala III fijó los honorarios profesionales en 240 UMA, equivalentes a $17.850.240, tras el desistimiento de la acción y del derecho en un proceso de conocimiento, y dispuso que la distribución de los honorarios se realice en la proporción establecida por el magistrado de grado, sin que existan agravios específicos respecto a dicho criterio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia corresponde a la resolución en un proceso de conocimiento en el que se resolvió el reconocimiento del desistimiento de la acción y del derecho por parte del actor, en el marco de un expediente vinculando a David Sutton Dabah contra AFIP, en el que se fijaron los honorarios de los abogados del Estado Nacional en la suma de 17.850.240 pesos, distribuidos en la proporción establecida por el juez de grado. La decisión fue adoptada por la Cámara en virtud del trámite y las circunstancias del proceso, sin que se hayan planteado agravios específicos respecto a la distribución de honorarios o a la resolución en sí. La resolución fue firmada en agosto de 2025 por los jueces Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán, en cumplimiento del artículo 109 del Reglamento para la Justicia Nacional.
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