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LARRUBIA, HUGO RICARDO c/ EN-ANAC s/EMPLEO PUBLICO

La Cámara Contencioso Administrativo Federal fija los honorarios del perito y la abogada en autos, ajustados a la escala y normativa aplicable, dejando constancia de la inclusión del IVA y del modo de pago. La resolución se fundamenta en la trascendencia del asunto y la entidad del trabajo realizado.

Peritaje Honorarios profesionales Resolucion judicial Iva Contabilidad Recursos administrativos Camara contencioso administrativo Ley 27.423 Fijacion de honorarios. Honorarios de la abogada

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La Cámara revisa y fija los honorarios de la perito contador José Lucchetti Raniero en 3 U.M.A. (equivalentes a $223.128) y los de la abogada Gimena Edith Fernández Patri en 9,06 U.M.A. (equivalentes a $673.846,56).
- La decisión se fundamenta en la importancia y trascendencia del trabajo realizado, en la normativa legal y en las escalas tarifarias aplicables, además de considerar el monto del IVA adicional.
- La resolución indica que los honorarios deberán pagarse conforme a lo establecido en el artículo 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA en la base, y que este monto debe adicionarse posteriormente si correspondiere. La decisión está ajustada a la normativa vigente y a la valoración del trabajo técnico y profesional realizado.

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