CACERES SANTILLAN, JOAQUIN c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - LA RIOJA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Córdoba - Sala B confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la acción de amparo del actor contra la AFIP, argumentando que la acción no se ajusta a los requisitos del art. 43 de la Constitución Nacional ni a la ley 16.986, y que no se acreditaron los presupuestos para su procedencia.
Quién demanda: Joaquín Cáceres Santillán
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación del acto de fiscalización iniciado por AFIP, protección de derechos constitucionales y vulnerabilidad por discapacidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la improcedencia de la acción de amparo, señalando que no se acreditaron los requisitos para su admisibilidad, y que los actos cuestionados son meros actos preparatorios del procedimiento de fiscalización, no actos administrativos definitivos. Fundamentos principales de la decisión: “La naturaleza excepcional del amparo requiere que la conducta atacada evidencie una arbitrariedad manifiesta, ilegalidad o violación de derechos constitucionales de magnitud. La valoración de la prueba y la fundamentación del fallo demuestran que la sentencia se encuentra debidamente fundada, con razones jurídicas suficientes. La acción de amparo no es adecuada para cuestionar actos preparatorios como la fiscalización, que no producen efectos definitivos ni afectan derechos constitucionales de forma grave. La supuesta vulnerabilidad del actor no fue acreditada, y las reglas de Brasilia no eximen a los administrados de cumplir con las obligaciones administrativas. La denuncia de discriminación y persecución no fue suficientemente fundamentada ni acreditada.”
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