Logo

YURQUINA, DARDO DINO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara confirmó la resolución que hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentada la demanda por incumplimiento en la presentación del poder, considerando que la presentación de la constancia de poder fue extemporánea y sin justificación válida.

Recurso de apelacion Extemporaneidad Documentacion Camara de apelaciones Resolucion interlocutoria Primera instancia Notificacion. Ley 26.856 Incumplimiento de presentacion de poder


- Quién demanda: Dardo Dino Yurquina

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra la resolución interlocutoria que hizo efectivo el apercibimiento y tuvo por no presentada la demanda por incumplimiento en la presentación del poder.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal, impuesto del contenido del recurso, así de los elementos de juicio emergentes de la causa, anticipa que la pretensión recursiva de la parte tendrá recepción favorable." "En efecto, cabe considerar que según se desprende de la compulsa de la causa, mediante la referida resolución del 19/9/2022 (fs. 43) se intimó a la parte actora para que, dentro del plazo de tres días, incorporase constancia completa de poder, extendido mediante la modalidad actual de la CNAT bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda (art. 67 LO). A su vez, cabe tener en cuenta que dicha providencia fue confirmada mediante el decisorio de fecha 3/10/2022 -fs. 45-, en cual se desestimaron los planteos formulados por el accionante con base en lo dispuesto en la resolución CNAT 34/2020, al haber sido iniciada la presente demanda casi un año más tarde del momento en que la invocada reglamentación de la Cámara fue modificada y el otorgamiento de poder exige la presencia y la exhibición del documento de quien da mandato (ver presentación titulada “INICIA DEMANDA” de fecha 11/8/2022 :fs. 8/42 L.O.)." "No cabe duda que la incorporación en la causa de la constancia del poder otorgado por el actor
- efectuada mediante la presentación de fecha 30/10/2023: fs. 50/52 y fs. 53), resultó extemporánea al encontrarse holgadamente vencido el plazo fijado en la instancia de grado para el cumplimiento de la intimación cursada." "Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: 1) Confirmar la resolución recurrida."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar