RAMALLO GONZALO, SEBASTIAN c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara de Apelaciones revoca parcialmente la decisión de grado en relación a la indemnización por daño psicológico y la tasa de interés aplicable, confirmando en lo demás la sentencia de primera instancia, y establece que los intereses se calcularán sobre el capital nominal de condena desde el evento dañoso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Gonzalo Ramallo, quien demanda a Experta ART S.A. por daños derivados de un accidente laboral. El tribunal revisa la negativa de la primera instancia a reconocer una indemnización por daño psicológico, considerando que no se acreditó en nexo causal suficiente. La Cámara analiza la prueba pericial y concluye que no se ha demostrado que la patología psíquica tenga un vínculo causal adecuado con el evento dañoso, señalando que "el impacto psicológico de un suceso es distinto en cada persona" y que "la relación causal debe establecerse con algún criterio general de razonabilidad". Además, modifica el criterio de intereses, estableciendo que se deben calcular desde la fecha del infortunio, en línea con el decreto 669/2019, en lugar del interés aplicado por la magistrada de grado. Finalmente, regula honorarios y costas.
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