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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en PAVON, REINA ISABEL CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La CSJN deniega el recurso extraordinario federal del GCBA por falta de configuración de cuestión federal y fundamentos insuficientes

Recurso extraordinario federal Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Diferencias salariales Falta de fundamentacion Relacion directa Empleo publico Cuestion no federal


- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó su recurso de queja, solicitando la revisión de la decisión por la Corte Suprema de Justicia de la Nación

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso extraordinario federal por no demostrar la existencia de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN; además, el tribunal considera que las cuestiones planteadas son propias de los jueces de la causa y no corresponden a la instancia del recurso extraordinario

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Corresponde denegar el recurso federal intentado toda vez que el GCBA no demuestra la configuración en el caso de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN (cf. el art. 14 de la ley 48).” “El recurrente afirma que la decisión de este Tribunal violó el derecho de defensa en juicio, debido proceso, derecho colectivo del trabajo, de propiedad, garantías de igualdad y legalidad, sin embargo no acredita la relación directa que habría entre lo resuelto y los derechos y garantías que invoca.” “Todas las cuestiones que el GCBA pretende llevar a consideración de la CSJN resultan propias de los jueces de la causa y en principio ajenas al trámite del recurso intentado (Fallos: 295:548, 300:468, 301:449, 302:175, 330:4770, entre otros).” “En cuanto al planteo de arbitrariedad, no corresponde al tribunal emisor del fallo pronunciarse al respecto para mejorar su pronunciamiento.” “La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que, deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impidan considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como la sentencia fundada en ley.” “La doctrina de la gravedad institucional tampoco autoriza la apertura de esta instancia extraordinaria, pues esa doctrina solo ‘faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, pero no a suplir la inexistencia de cuestión federal’ (Fallos: 331:2799).” “Las consideraciones señaladas bastan para denegar el recurso extraordinario federal deducido por el GCBA. Sin costas, atento a que no ha mediado contradicción.”

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