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RIPOLL FUNARI SERGIO ANTONIO C/ GARCIA HORACIO ANTONIO Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA

La Cámara Segunda de Apelación confirmó la sentencia que desestimó la demanda por prescripción adquisitiva, argumentando que no se acreditó la posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante el plazo legal requerido. La prueba producida fue considerada insuficiente y tardía, y se señaló que la carga de la prueba recae en el actor.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Sergio Antonio Ripoll Funari, demandó a Horacio Antonio García y otros, reclamando la prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en Rawson al 1200. La sentencia de primera instancia desestimó la demanda por no acreditar la posesión durante el período legal, basada en la insuficiencia y discordancia de las pruebas presentadas. La parte apelante argumentó que existieron actos posesorios continuados y demostrativos de la posesión, y que tuvo acciones compatibles con la continuidad del ejercicio de dominio, como obras y gestiones registrales, además de alegar errores en la valoración probatoria. La Cámara, tras analizar la evidencia, concluyó que no se logró demostrar la posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el tiempo exigido, y que las pruebas presentadas no alcanzaron a modificar la valoración del tribunal de grado. La apelación fue rechazada en cuanto a la modificación de la sentencia, confirmándose la desestimación de la demanda y la imposición de costas a la parte actora. Fundamentos principales:
- La usucapión requiere la prueba de la posesión en forma pública, pacífica, continua e ininterrumpida durante el plazo legal.
- La carga de la prueba recae en el actor, quien debe acreditar los hechos constitutivos de su pretensión mediante prueba suficiente y coordinada.
- La valoración de la prueba por la primera instancia fue adecuada, considerando que la evidencia presentada no logró demostrar la posesión prolongada y sin interrupciones.
- Los actos posesorios alegados, como obras y gestiones registrales, no fueron considerados suficientes para acreditar la continuidad requerida.
- La documentación y testimonios no lograron revertir la conclusión de insuficiencia probatoria.
- La interpretación de las declaraciones testimoniales y de los instrumentos presentados favoreció la decisión de confirmar la sentencia.

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