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SOBERON BECERRA CECILIA KARENINA C/ ARRUA FRANCISCO ANTONIO S/ ALIMENTOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que fijó una cuota alimentaria en favor del hijo menor, rechazando los argumentos del demandado y confirmando la obligación de alimentos establecida.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Cecilia Karenina Soberon Becerra en favor de su hijo Milan León Arrua Soberón, reclamando una cuota alimentaria. La sentencia de primera instancia fijó en un salario mínimo vital y móvil la cuota a cargo del progenitor Francisco Antonio Arrua. El apelante alegó que la valoración de su situación económica era errónea y que la cuota fijada era excesiva, además de cuestionar la modalidad de ajuste y la cobertura de obra social. La Cámara analizó la prueba y consideró que la valoración de la capacidad económica del demandado fue correcta, teniendo en cuenta su categorización tributaria y su función como apoderado en Fiscalía de Estado, sin que las críticas del apelante lograran desvirtuar dicha valoración. También se sostuvo que la modalidad de ajuste por el salario mínimo vital y móvil resulta adecuada para reflejar las circunstancias económicas generales y evitar reiterados planteos de modificación. En cuanto a la cobertura de obra social, se resolvió que corresponde que la jueza de origen se expida al respecto. Las costas de la alzada fueron impuestas al apelante vencido. La sentencia fue confirmada en todos sus términos.

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