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.................... S/ ENCUBRIMIENTO CALIFICADO, SUPRESIÓN DE NUMERACIÓN DE OBJETO REGISTRABLE

La Cámara de Lomas de Zamora confirma la sentencia que condenó a Pablo Nicolás Gutiérrez por encubrimiento agravado, manteniendo la pena de tres años y seis meses de prisión efectiva, tras considerar la fundamentación del tribunal y la correcta aplicación de la ley.

Recurso de apelacion Discrecionalidad judicial Irretroactividad de la ley Sentencia condenatoria Confirma sentencia Juicio abreviado Encubrimiento agravado Pena unificada Camara de apelaciones. Ley 27.785

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara de Lomas de Zamora, integrada por los jueces Alberdi, Navascués y Rolón, analizó el recurso de apelación interpuesto por el defensor oficial de Pablo Nicolás Gutiérrez contra la sentencia que lo condenó por el delito de encubrimiento agravado. La defensa alegó que la pena impuesta no se ajustaba a la ley, que no se aplicó correctamente la Ley 27.785, y solicitó la reducción de la pena a tres años. La Cámara sostuvo que el recurso es admisible, dado que la sentencia fue dictada en juicio abreviado y que el conocimiento del tribunal es el mismo que el de la primera instancia, con restricciones en los agravios. Respecto a la proporcionalidad de la pena, se afirmó que la facultad discrecional del juez no fue vulnerada, ya que la pena unificada de tres años y seis meses no viola las reglas del art. 58 del Código Penal, y que la ley 27.785 no se aplicó retroactivamente, ya que los hechos ocurrieron antes de su vigencia. Además, se resaltó que la actividad jurisdiccional fue adecuada y que la pena impuesta se ajusta a los parámetros legales y doctrinales, sin arbitrariedad. La sentencia fue confirmada en todas sus partes.

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