.................... S/ SENTENCIA CORRECCIONAL (CAUSA DIGITAL)
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial La Matanza confirmó la sentencia que condenó a Olivieri por violación de domicilio, rechazando los agravios de la defensa y manteniendo la pena y las reglas de conducta impuestas, considerando que quedó probado que ingresó al domicilio en circunstancias que violan la voluntad del titular.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Cintia Elizabeth Olas en contra de César Enrique Olivieri por la presunta comisión del delito de violación de domicilio. La sentencia de primera instancia condenó a Olivieri a ocho meses de prisión en suspenso y estableció reglas de conducta por ingresar sin autorización a la vivienda de Olas, quien había manifestado que no autorizaba su ingreso. La defensa alegó que no existió violación de domicilio, que Olivieri siempre utilizó su llave, y que no había prohibición expresa de ingreso, además de cuestionar la valoración de la prueba, en particular las constancias de las conversaciones vía WhatsApp y los testimonios. La Cámara confirmó la sentencia, destacando que la evidencia demostraba que Olivieri ingresó en horas y circunstancias en las que la víctima no le autorizó el ingreso, y que su conducta encuadraba en la figura delictiva de violación de domicilio, ya que la voluntad de la víctima de excluirlo fue claramente expresada y corroborada por los testimonios y las constancias de la causa. Se rechazaron los agravios sobre la conculcación del principio de congruencia y la existencia de doble juzgamiento, afirmando que la sentencia se fundó en la valoración racional de la prueba. Se confirmó la imposición de la pena y las reglas de conducta, y se rechazaron las reservas de casación y recursos federales.
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