.................... S/ AMENAZAS
La Cámara Penal de Apelaciones de Lomas de Zamora confirmó la condena a Orlando Pedraza por amenazas y coacción, manteniendo la pena de seis meses de prisión efectiva, rechazando los agravios de la defensa y ratificando el encuadre jurídico del art. 149 bis del Código Penal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Belén Rocío Cisneros, quien denunció amenazas y conductas agresivas por parte de Orlando Pedraza, su ex pareja, ocurrido el 26 de diciembre de 2024 en Villa Centenario, Lomas de Zamora. La denuncia respaldada por testimonios de familiares y vecinos describe una situación de violencia familiar, insultos y amenazas con un cuchillo, en el contexto de una discusión exacerbada. La sentencia de primera instancia condenó a Pedraza a seis meses de prisión efectiva por el delito de amenazas (art. 149 bis del Código Penal). La defensa apeló alegando que los hechos no eran típicos y que no constituían amenazas, pero la Cámara confirmó la sentencia, destacando que la conducta del imputado encuadra en el tipo penal y que las amenazas fueron efectivamente demostradas, reafirmando la valoración de la prueba. La decisión se fundamenta en que las expresiones y amenazas del imputado, en el marco de una relación conflictiva y violenta, cumplen con los requisitos del art. 149 bis del Código Penal, y que la valoración de la prueba fue adecuada. La Cámara revocó la condena condicional y confirmó la pena de prisión efectiva, rechazando los agravios de la defensa y manteniendo la calificación jurídica y la pena impuesta.
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