.................... S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA Y SALIDAS TRANSITORIAS EN CAUSA 15824 UFI 3 (IPP 03-02-8389-20) (JEP 19168)
La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores confirmó la resolución que denegó la libertad asistida y las salidas transitorias a José Javier Torres, considerando que los informes psicológicos y sociales evidencian resistencia al cambio y riesgo social, justificando el rechazo a los beneficios solicitados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sala I de la Cámara de Dolores revisó la resolución del 26 de mayo del 2023 del Juez de Ejecución Penal que negó la libertad asistida y salidas transitorias a Torres. La defensa alegó que la resolución carecía de fundamentación adecuada, destacando que Torres cumplía los requisitos temporales y contaba con dictamen favorable del DTC, además de realizar actividades laborales y educativas. Sin embargo, el tribunal valoró que los informes psicológicos y sociales evidencian una resistencia al cambio, uso pasivo de las herramientas tratamentales, historia de consumo de sustancias, y un entorno familiar inestable, factores que justifican mantener la denegatoria de los beneficios. Se concluyó que las constancias del expediente muestran que "el uso problemático de sustancias y la resistencia al tratamiento psicoterapéutico en libertad, constituyen riesgos que justifican el rechazo del pedido". El voto de los jueces fue unánime en confirmar la decisión de primera instancia, reafirmando que la evaluación social y psicológica contrasta con los requisitos necesarios para la concesión de beneficios, y que la situación de Torres no cumple con el criterio de buena conducta ni de progresividad en su proceso rehabilitador.
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