M. J. S/ HURTO EN GRADO DE TENTATIVA.
La Cámara de Junín confirmó la condena de 3 años y 6 meses de prisión por hurto en grado de tentativa y otros delitos, rechazando los agravios del defensor y validando la valoración probatoria y la unificación de las penas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor en la causa fue el Ministerio Público Fiscal, quien demandó a J. M. por delitos de hurto en grado de tentativa, abuso sexual simple, robo, lesiones culposas, daño y otros hechos delictivos en distintas causas acumuladas, resultando en una condena unificada de 3 años y 6 meses de prisión. La sentencia de primera instancia valoró adecuadamente las pruebas, especialmente el testimonio de la víctima menor, y fundamentó la convicción en la declaración bajo Cámara Gesell, la coherencia del relato, y los informes periciales, sin que existieran vicios lógicos o de valoración. La defensa alegó la falta de crítica razonada, dudas sobre la prueba y una incorrecta aplicación del art. 58 del Código Penal tras la reforma de la ley 27.785, además de solicitar la absolución o una unificación distinta. La Cámara, tras analizar los agravios, consideró que la valoración probatoria fue adecuada, que el relato de la víctima era lineal y persistente, y que la declaración bajo Cámara Gesell, junto con las pericias psicológicas, respaldaba la fallo. Respecto a la unificación de penas, se ratificó la aplicación del sistema de suma aritmética conforme a la ley 27.785, y no existieron errores en su aplicación. Por ello, se resolvió confirmar la sentencia apelada sin costas.
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