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GONZALEZ ANGEL ERNESTO y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Se homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, validando el pago de $6.000.000 a favor del actor, con costas a cargo del demandado. La decisión se fundamentó en la conformidad de las partes y la justicia del acuerdo, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y la jurisprudencia aplicable.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La homologación del acuerdo conciliatorio fue solicitada en autos por las partes y resuelta favorablemente por el Tribunal del Trabajo N° 5 de Mar del Plata. La jueza Sallette manifestó que "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. , deberá homologarse la misma". La resolución homologó el acuerdo en los términos referenciados, confirmando la suma de $6.000.000 a favor de Jerónimo Matías Mendoza y estableciendo las costas a cargo del demandado, Ángel Ernesto González. Además, se reguló la honorarios profesionales en base al monto del acuerdo, con menciones específicas sobre el pago y notificación de honorarios, y se informó a las partes sobre el cumplimiento del art. 277 de la L.C.T. La decisión se fundamentó en que "la solución arribada resulta una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T." y en la jurisprudencia citada, resaltando que "la homologación de acuerdos conciliatorios tiene por finalidad darles carácter de cosa juzgada y evitar litigios posteriores".

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