MEDEL MIGUEL ANGEL C/ EL RAPIDO S.A. S/DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por diferencias salariales y laborales promovida por Miguel Angel Medel contra El Rápido S.A. La decisión se fundamentó en la inexistencia de acreditación suficiente de las diferencias reclamadas y en el cumplimiento legal del empleador.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Miguel Angel Medel demandó a El Rápido S.A. reclamando diferencias salariales por horas extras, horas nocturnas y falta de descanso desde septiembre de 2010 a septiembre de 2012, y la relación laboral inició el 24/12/1997 y finalizó el 29/09/2012. La empresa admitió el ingreso y la categoría, y presentó documentación que evidencia el cumplimiento de los aportes previsionales y el registro en libros en buen estado. La prueba testimonial y pericial contable demostraron que el actor no acreditó haber realizado o percibido diferencias salariales por horas extras o adicionales no pagos, y que las horas de trabajo y descansos se ajustaban en parte a la normativa. El tribunal concluyó que no se acreditaron las diferencias reclamadas y rechazó la demanda en su totalidad. La sentencia destacó que las declaraciones testimoniales no aportaron prueba suficiente para modificar los registros documentales y que el peritaje contable no logró acreditar diferencias a favor del actor. Fundamentos principales: "Del análisis de las libretas de trabajo y los recibos de sueldo surge que no en todos los meses se abonaron las horas extras o adicionales reclamados, y que las horas nocturnas y faltas de descanso no siempre se pagaron en la forma establecida por la normativa laboral. La prueba testimonial, que en algunos aspectos ratifica irregularidades en el cumplimiento de los descansos y pagos, no resulta suficiente para acreditar las diferencias salariales reclamadas, siendo responsabilidad del actor probar en forma concreta y precisa dichas diferencias." "El dictamen pericial contable, si bien confirma que los libros estaban en legal forma y que el actor figuraba registrado, no acredita diferencias específicas a favor del actor, limitándose a señalar ejemplos específicos de supuestos pagos no realizados, sin sustentar fehacientemente que dichas diferencias existieran en la cuantía y período reclamados." "Por lo tanto, no habiendo sido acreditadas las diferencias salariales reclamadas, corresponde rechazar la demanda en su integridad y ordenar las costas a la parte actora, con el beneficio de gratuidad por considerarse con derecho a demandar."
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