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LOMBARDO MARIA ELENA C/ CONSTRUCTORA EL REY SRL Y OTROS S/ DESPIDO

El Tribunal declaró la caducidad de instancia en un proceso por despido, debido a la inacción de la parte actora. La decisión se fundamenta en la aplicación restrictiva del instituto de la caducidad, dado que la parte no activó el proceso tras ser intimada y transcurrido el plazo legal.

Costas Honorarios Notificacion Caducidad de instancia Impugnacion Tasa de justicia Proceso laboral Tramite judicial Inaccion procesal Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Maria Elena Lombardo, demanda por despido a Constructora El Rey SRL y otros, reclamando la resolución del vínculo laboral. El tribunal resolvió decretar la caducidad de instancia porque la demandante dejó transcurrir el plazo establecido en el art. 11 de la Ley 15.057 sin producir actividad procesal útil, tras la intimación del 03/02/2021. La sentencia sostiene que en el procedimiento laboral la caducidad debe aplicarse con criterio restrictivo, y que la conducta de la parte actora obstaculiza la tramitación del juicio. El voto del Dr. Carlos Dominguez Folgueiras indica que “la conducta de la parte actora obstaculiza la normal tramitación del juicio, ya que ha dejado transcurrir con exceso el plazo fijado por el art. 11 de la ley ritual”. La mayoría del Tribunal comparte esta posición y decreta la caducidad, imponiendo costas a la parte actora y regulando honorarios profesionales. La sentencia también ordena el pago de tasa de justicia y contribución, y la acreditación de aportes previsionales, además de intimar a la condenada en costas para que efectúe pagos en concepto de tasas y contribuciones, bajo apercibimiento de ejecución.

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