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NAPOLI MIGUEL ANGEL C/ METALURGICA MARIO E. FERNANDEZ S.R.L. Y OTRO/A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

La demanda por enfermedad profesional presentada por el actor fue rechazada y la sentencia confirmada, desestimando la relación causal y la procedencia de la acción, con imposición de costas a la parte actora.

Pericia medica Nexo causal Causalidad Accidente de trabajo Enfermedad profesional Rechazo demanda Prueba objetiva Ley 24.557 Ley 15.057 Cargas fisicas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Miguel Ángel Napoli, demandó a la ART Galeno S.A. por enfermedad profesional derivada de su actividad laboral en la metalúrgica demandada, reclamando la homologación de prestaciones dinerarias y la declaración de la contingencia como laboral. La causa se originó en un informe médico que relacionó sus patologías con esfuerzos físicos en el trabajo, y en un expediente administrativo donde la comisión médica determinó que las lesiones no tenían carácter laboral. La pericia médica judicial concluyó que no se probó el nexo causal en base a la normativa vigente, ya que no se acreditaron tareas habituales que impliquen carga física suficiente y que las patologías no estaban incluidas en el listado de enfermedades profesionales por no cumplir con los requisitos objetivos y temporales. La defensa impugnó el nexo causal y la inexistencia de prueba objetiva, con respuesta de la perito que ratificó sus conclusiones. El tribunal, tras analizar las pruebas y fundamentos, rechazó la demanda por no haberse probado la relación causal, imponiendo las costas a la actora. Fundamentos principales: "El expediente no contiene una determinación de incapacidad total o parcial, ni se especifican componentes físicos, psicológicos o factores de ponderación. La pericia médica concluyó que no se verificaron los requisitos objetivos y temporales que exige el Decreto N° 49/2014 para la inclusión en el listado de enfermedades profesionales. La normativa establece que la acreditación requiere tareas habituales que impliquen carga física, posiciones forzadas y/o gestos repetitivos durante al menos tres años, condición no probada en autos. Asimismo, para el diagnóstico de várices se exige exposición prolongada en posición de pie por tres años, lo cual no fue acreditado. Por lo tanto, no se configura la relación de causalidad necesaria para la procedencia de la acción." "El rechazo de la ART y la pericia médica, junto con la falta de prueba objetiva que respalde la relación entre las lesiones y el trabajo, justifican la decisión de rechazar la demanda por enfermedad profesional por falta de prueba del nexo causal." "En virtud del art. 726 del Código Civil y Comercial, la parte actora debe asumir las costas del proceso, dado su carácter de vencida, y la regulación de honorarios se difiere hasta que la sentencia quede firme."

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