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GARDENAL DANIEL VICTOR HUGO C/ BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La homologación del acuerdo conciliatorio en un proceso por accidente de trabajo. La Cámara del Trabajo de Morón homologó el acuerdo por $13.000.000, con costas a la demandada y condiciones específicas para el pago de honorarios y aportes, resaltando la validez del convenio y su conformidad con la normativa laboral.


¿Quién es el actor?

GARDENAL DANIEL VICTOR HUGO
- A quien se demanda: BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio por suma de $13.000.000 en el contexto de accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, imponiendo las costas a la demandada y eximiéndola del 50% de la tasa de justicia, además de ordenar la liquidación de honorarios y aportes en forma directa en cuentas bancarias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“En mérito a lo resulto en las cuestiones que anteceden, entiendo que corresponde: 1º) Homológase con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes por la suma PESOS TRECE MILLONES ($13.000.000) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada. 2º) Impónganse las costas del acuerdo conciliatorio a la demandada conforme lo expresamente manifestado en el acuerdo, eximiéndose a la demandada del 50% de la tasa de justicia. 3º) A los fines arancelarios, practíquese liquidación por Secretaría y fecho vuelvan para regular los honorarios de los profesionales intervinientes en autos. 4º) Téngase presente los intereses fijados por las partes en caso de incumplimiento en el depósito en la fecha convenida. 5º) Los honorarios y aportes de profesionales (letrados y peritos) serán abonados en forma directa por la obligada al pago en las cuentas bancarias de los profesionales, que deberán denunciar en autos dentro del tercer día de notificados. 6º) La condenada en costas debe acreditar en autos el pago de los aportes correspondientes, bajo apercibimiento de comunicar a la Caja de Previsión de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.” “En mérito a lo resulto en las cuestiones que anteceden, entiendo que corresponde: 1º) Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes por la suma de PESOS TRECE MILLONES ($13.000.000).

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