VALLEJOS SIFUENTES LUZMILA ESMERALDA C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación de acuerdo conciliatorio en una acción de revisión, por suma de $7.500.000, fue aprobada por el Tribunal del Trabajo Nº 4 de La Plata, confirmando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Luzmila Esmeralda Vallejos Sifuentes, demanda a Prevención Art S.A. en una acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en el marco de la Ley 15057. La causa se resolvió homologando un acuerdo conciliatorio con una suma de $7.500.000, en una sola cuota a los 30 días de homologado. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público, y que constituye una forma válida de concluir el proceso, promoviendo la celeridad y eficiencia del sistema judicial. El tribunal destacó que la renuncia de derechos en la conciliación no tiene valor (art. 12 L.C.T.) y que la homologación es procedente conforme a los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y Ley 24.557. La homologación incluye la imposición de costas a la demandada y regula los honorarios de letrados y peritos, con instrucciones específicas para su pago y acreditación. La resolución fue firmada en fecha digital, y se dejó constancia que las partes deben retirar la documentación original oportunamente. No se registran votos disidentes relevantes, y el tribunal confirmó que la homologación del acuerdo conciliatorio resulta procedente y ajustada a derecho, asegurando la validez y ejecutabilidad de los términos acordados.
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