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TALAMAS SANTIAGO MATIAS C/ AUTERI RICARDO MARCELO S/ DESPIDO

La demanda por despido y reconocimiento laboral fue confirmada, y el tribunal ordenó a Auteri pagar más de 10 millones de pesos actualizados y con intereses. La decisión se fundamenta en la existencia del vínculo laboral, su extinción por despido indirecto, y la inconstitucionalidad del DNU 70/23 respecto a la indexación.

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¿Quién es el actor?

Santiago Matias Talamas.

¿A quién se demanda?

Ricardo Marcelo Auteri.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de vínculo laboral, indemnizaciones, y actualización de créditos laborales en base a IPC.

¿Qué se resolvió?

Se acreditó la existencia del vínculo desde 04/01/2023, en negro, con salario de $325.000 mensuales, en jornada de 10 horas diarias, de lunes a sábado. La extinción del vínculo fue por despido indirecto y negativa del empleador a reconocer la relación, tras intimación del trabajador. Se declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 por su prohibición de indexar créditos laborales, y se ordena pagar la suma total de aproximadamente 10,96 millones de pesos, actualizada con IPC y con intereses del 6% anual desde el despido. La condena incluye indemnizaciones por despido, preaviso, vacaciones no gozadas, SAC proporcional, indemnización por ley 25.323, 25.345, y 24.013, además de costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De los elementos probatorios, se concluye que el actor inició la relación laboral el 04/01/2023, en condiciones de trabajo en negro, con salario de $325.000, realizando tareas de lavado y secado manual de automóviles, en jornada de 10 horas, en un lavadero explotado por el demandado, quien negó la existencia de vínculo. La prueba testimonial y documental corroboran los hechos. La conducta del empleador, negando la relación y despidiendo al trabajador tras intimaciones, configura despido indirecto justificado. La ley 23.928, en su art. 7, fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte, por lo que procede la actualización del crédito laboral por IPC, con intereses del 6% anual, desde el despido hasta el efectivo pago." "El tribunal además destaca que la protección constitucional del trabajador y la necesidad de mantener el valor real de las obligaciones laborales justifican la aplicación del IPC y el interés del 6% para resarcir la indisponibilidad del capital. La suma total a abonar alcanza los $10.961.361,8, con costas a la parte vencida."

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