BACCIADONNE MARIA FERNANDA C/ ASTILLERO RIO SANTIAGO S/ REINSTALACION (SUMARISIMO)
La Justicia laboral ordenó a la Provincia de Buenos Aires que restablezca y mantenga el pago del premio por eficiencia a la trabajadora desde julio de 2018 y reintegre sumas indebidamente retenidas. La decisión se fundamenta en la protección del salario como núcleo esencial del contrato laboral y en la ilegalidad de la modificación unilateral de condiciones salariales.
- Quién demanda: María Fernanda Bacciadonne
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restablecimiento del "premio por eficiencia" y devolución de sumas retenidas en concepto de descuentos, por modificación unilateral y sin respaldo legal de condiciones laborales y salariales.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando a la provincia que restablezca las condiciones contractuales originales y reintegre las sumas indebidamente descontadas, con actualización monetaria y intereses al 6% anual desde la fecha de exigibilidad. La sentencia fundamenta que la modificación del salario, en particular del rubro "premio por eficiencia", vulnera los límites del art. 66 de la Ley de Contrato de Trabajo, dado que ese rubro se percibía sin condición alguna y forma parte del núcleo esencial del salario, protegible por el orden público laboral. Además, se condena a la demandada al pago de intereses y costas, y se ordena la liquidación de diferencias salariales por parte de un perito contador. La sentencia avala y confirma la ilegalidad de las conductas patronales y la protección del salario como derecho irrenunciable y de orden público.
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