AGUIRRE GARCIA MARTIN MIGUEL Y OTROS C/ ENTE ADMINISTRADOR ASTILLERO RIO SANTIAGO S/ DIFERENCIAS SALARIALES
Restablecimiento de condiciones laborales y pago de diferencias salariales por modificación unilateral del empleador
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por los trabajadores Aguirre Garcia, Mirich y Timmer contra la Provincia de Buenos Aires, reclamando el restablecimiento de las condiciones de trabajo originales y el pago de salarios dejados de percibir tras la modificación unilateral de las condiciones salariales por parte del empleador, específicamente en los rubros "vacaciones" y "plus vacacional". La sentencia de primera instancia concluyó que la empleadora modificó en forma unilateral y abusiva dichas condiciones, vulnerando los límites del art. 66 de la Ley de Contrato de Trabajo, provocando perjuicio material permanente a los trabajadores. La Cámara confirmó la decisión, considerando que las medidas adoptadas por la empleadora excedieron los límites de razonabilidad, alteraron modalidades esenciales del contrato y causaron perjuicio económico a los empleados, en violación del principio de indemnidad. Se ordenó el restablecimiento de las condiciones originales, la reintegración de sumas descontadas y la liquidación de diferencias salariales con actualización e intereses. Además, se impusieron costas a la demandada y se dispuso la regulación futura de honorarios y liquidaciones. Fundamentos principales: "las medidas adoptadas por la demandada resultan frontalmente inválidas, toda vez que: (i) alteraron una modalidad esencial del contrato de trabajo (el salario); y (ii) provocaron un indudable perjuicio material a los trabajadores (reduciendo en forma permanente sus ingresos alimentarios), vulnerando así dos de los tres límites a los que el art. 66 de la Ley de Contrato de Trabajo condiciona la validez de la potestad patronal de modificar en forma unilateral las condiciones de trabajo." "el salario integra en núcleo contractual inmune al poder modificatorio del empleador, toda vez que constituye la contraprestación principal que recibe el trabajador, gozando de protección constitucional y supralegal." "la modificación unilateral del modo de liquidación de los rubros 'vacaciones' y 'plus vacacional' fue ilícita y causó perjuicio material, por lo que se ordenó su restablecimiento y pago de diferencias." "las medidas adoptadas por la empleadora son inválidas porque produjeron un evidente perjuicio material, disminuyendo en forma permanente sus ingresos, en violación del principio de indemnidad del trabajador."
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