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GROSSO SOFIA TERESA C/ EXPERTA A.R.T. S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La homologación del acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en autos fue aprobada por el tribunal, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal y la resolución del conflicto laboral, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios conforme a la ley.

Honorarios Acuerdo extrajudicial Costas procesales Celeridad procesal Orden publico Penalidades Materia laboral Ley 15.057 Homologacion conciliacion Ejecucion automatica

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia homologó el acuerdo conciliatorio suscripto entre la actora, GROSSO SOFIA TERESA, y la demandada, EXPERTA A.R.T. S.A., en fecha 06/08/2025. La jueza Cáceres sostuvo que la conciliación no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses, en consonancia con los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.). La resolución destaca que la conciliación favorece la celeridad procesal, especialmente en cuestiones de índole alimentaria, y que la mora en su cumplimiento implicará caducidad y ejecución automática de los montos pactados, incluyendo penalidades. La sentencia también dispuso que la demandada asuma las costas y reguló honorarios en conformidad con las estipulaciones del acuerdo y la normativa aplicable, además de establecer mecanismos de acreditación de pagos y obligaciones de información a los profesionales intervinientes. Los fundamentos resaltan que la homologación del acuerdo conciliatorio resulta procedente y beneficiosa para las partes, en línea con la normativa y el interés público.

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