GROSSO SOFIA TERESA C/ EXPERTA A.R.T. S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La homologación del acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en autos fue aprobada por el tribunal, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal y la resolución del conflicto laboral, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios conforme a la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó el acuerdo conciliatorio suscripto entre la actora, GROSSO SOFIA TERESA, y la demandada, EXPERTA A.R.T. S.A., en fecha 06/08/2025. La jueza Cáceres sostuvo que la conciliación no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses, en consonancia con los arts. 12 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.). La resolución destaca que la conciliación favorece la celeridad procesal, especialmente en cuestiones de índole alimentaria, y que la mora en su cumplimiento implicará caducidad y ejecución automática de los montos pactados, incluyendo penalidades. La sentencia también dispuso que la demandada asuma las costas y reguló honorarios en conformidad con las estipulaciones del acuerdo y la normativa aplicable, además de establecer mecanismos de acreditación de pagos y obligaciones de información a los profesionales intervinientes. Los fundamentos resaltan que la homologación del acuerdo conciliatorio resulta procedente y beneficiosa para las partes, en línea con la normativa y el interés público.
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