GALLINA SONIA YAMILA C/ FISCALÍA DE ESTADO (AUTOASEGURADA GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El tribunal hizo lugar a la demanda de regulación de honorarios por actuación en procesos administrativos ante Comisión Médica en favor de la letrada Sonia Yamila Gallina. Se estableció un monto de honorarios equivalente a 10 jus arancelarios, considerando la normativa aplicable y el monto percibido por el trabajador damnificado, con costas a la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La letrada Sonia Yamila Gallina promovió demanda para que se regulen sus honorarios profesionales por su actuación en los procesos administrativos ante la Comisión Médica N° 14 de Junín en representación del Sr. Sergio Cipolla, quien sufrió un accidente laboral el 06/05/2022. La actuación fue en el marco del expediente SRT N° 221067/22 por rechazo de contingencia y en divergencia en la determinación de incapacidad, en ambos casos en procesos administrativos previos a la vía jurisdiccional. La parte demandada, representada por el Dr. Gastón Ferroni, argumentó que la regulación era prematura, dado que el trabajador aún recibe prestaciones y no hay una determinación definitiva de incapacidad. La Cámara analizó la legislación aplicable, en particular la Ley 27.348 y la Ley 14.967, concluyendo que los honorarios corresponden a la actuación ante la comisión médica, que es una instancia administrativa previa y excluyente. Se determinó que la regulación de honorarios debe hacerse conforme a las escalas del art. 21 de la Ley 27.348, aplicando un 10% del monto total conciliado ($802.945,31) para la primera actuación, y un 10% del monto percibido ($362.559,77) para la segunda. Además, se regularon honorarios por tareas en el proceso judicial derivado, estableciendo un monto en jus arancelarios y la obligación de la demandada de abonarlos. La sentencia también ordena el pago, apertura de cuenta judicial, y costas a cargo de la parte demandada.
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