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OCHOA ELENA MARIA C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BS.AS. S/ AMPARO POR MORA

El amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires fue aceptado. La Cámara ordenó a la demandada expedirse en 15 días por incumplimiento del plazo legal, fundamentando que la demora viola los principios del debido proceso y la normativa administrativa.

Procedimiento administrativo Derecho constitucional Recursos judiciales Responsabilidad administrativa Administracion publica Amparo por mora Plazos administrativos Orden de pronto despacho Violacion de garantias Ley 7.647/70

¿Qué se resolvió en el fallo?

La accionante, Elena María Ochoa, solicita la protección judicial por mora del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, que no resolvió en tiempo la petición administrativa del 31-05-2022. La Fiscalía Fiscal de Estado solicitó el rechazo de la demanda, pero el tribunal consideró que el retraso de la administración en la resolución vulnera el deber de pronta respuesta establecido en la ley de procedimiento administrativo provincial. La sentencia destaca que la finalidad del proceso de amparo por mora es solo determinar si existió incumplimiento en los plazos administrativos, no pronunciarse sobre el fondo del asunto. Se concluye que la demora es injustificada y se ordena a la demandada a emitir una resolución en 15 días, con costas a cargo de la parte vencida. El fallo subraya que la omisión de pronunciarse en plazo viola garantías constitucionales y principios administrativos, y que el incumplimiento del deber de resolución oportuna afecta la eficacia de la administración pública.

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