POLICANI RAUL IVAN C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
La sentencia declara la inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008 y ordena la liquidación retroactiva del haber previsional de Policani, reconociendo diferencias y aplicando intereses, en un contexto de derogación de la ley y nuevas normativas previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Raúl Iván Policani, demanda contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, solicitando que se declare la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 15.008 y que se le reconozca la movilidad jubilatoria basada en el régimen previo, además del pago de diferencias adeudadas. La parte demandada arguye que los planteos de inconstitucionalidad son improcedentes y/o inadmisibles. La causa se centra en determinar si la ley 15.008 viola principios constitucionales respecto a la movilidad y proporcionalidad del haber previsional. La sentencia analiza que la ley 15.514 derogó la ley 15.008, y que la cuestión se tornó abstracta respecto de las diferencias generadas hasta su vigencia. Sin embargo, concluye que la ley 15.008 vulneraba principios constitucionales, en particular la proporcionalidad entre el haber y el salario, y que la norma impugnada afectaba derechos constitucionales, por lo que declara su inconstitucionalidad en su aplicación concreta al caso. Se ordena la liquidación retroactiva del haber con base en el método anterior, con intereses y límites temporales. La sentencia también establece que las sumas adeudadas deberán liquidarse al valor actual, con intereses, y que las costas son a cargo de la parte demandada.
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