BARRIONUEVO JORGE ARMANDO Y OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La sentencia concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores en un proceso por daños y perjuicios. La decisión se fundamenta en la comprobación de la carencia de recursos económicos y la protección constitucional del derecho de defensa en juicio, considerando la verosimilitud de la situación económica de los solicitantes.
La jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 10 de Quilmes analiza la petición de beneficios de litigar sin gastos presentada por Jorge Armando Barrionuevo y Cristian Gustavo Romero en una causa contra José Luis Angelosi por daños y perjuicios automovilísticos. Los peticionantes alegan insuficiencia de recursos económicos, corroborada por diversas declaraciones, informes patrimoniales y registros oficiales. La magistrada considera que los elementos probatorios reúnen los requisitos del art. 78 del CPCC, en particular la verosimilitud de la situación de insolvencia y la imposibilidad de afrontar los gastos del proceso, en línea con los principios constitucionales de igualdad y defensa en juicio. La decisión se apoya en citas doctrinarias y jurisprudenciales que refuerzan la protección del derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad. La resolución, por ende, concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores, en los términos del art. 84 del Código Procesal, sin mejorar de fortuna.
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