BARRIONUEVO JORGE ARMANDO Y OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La sentencia concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores en un proceso por daños y perjuicios. La decisión se fundamenta en la comprobación de la carencia de recursos económicos y la protección constitucional del derecho de defensa en juicio, considerando la verosimilitud de la situación económica de los solicitantes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 10 de Quilmes analiza la petición de beneficios de litigar sin gastos presentada por Jorge Armando Barrionuevo y Cristian Gustavo Romero en una causa contra José Luis Angelosi por daños y perjuicios automovilísticos. Los peticionantes alegan insuficiencia de recursos económicos, corroborada por diversas declaraciones, informes patrimoniales y registros oficiales. La magistrada considera que los elementos probatorios reúnen los requisitos del art. 78 del CPCC, en particular la verosimilitud de la situación de insolvencia y la imposibilidad de afrontar los gastos del proceso, en línea con los principios constitucionales de igualdad y defensa en juicio. La decisión se apoya en citas doctrinarias y jurisprudenciales que refuerzan la protección del derecho de acceso a la justicia en condiciones de igualdad. La resolución, por ende, concede el beneficio de litigar sin gastos a los actores, en los términos del art. 84 del Código Procesal, sin mejorar de fortuna.
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