SALVUCCI, REMO NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Córdoba confirma la sentencia que ordenó a la ANSeS el recálculo y reajuste del haber previsional de Remo Nicolás Salvucci. La decisión se basa en la aplicación de la doctrina consolidada por la Corte Suprema en los precedentes “Elliff”, “Badaro” y “Villanustre”, y en la declaración de inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463. La Cámara ratifica la procedencia de la acción, la aplicación del precedente “Elliff” para determinar el haber inicial, y la imposición de costas a la parte demandada, con regulación de honorarios en el 35% de lo que se estime para la instancia anterior.
- Quién demanda: Remo Nicolás Salvucci
- A quién se demanda: ANSeS
- Qué se reclama: Reajuste y recálculo del haber previsional
- Qué se resolvió: La sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste del haber previsional se confirma en todos sus términos.
Fundamentos:
La Cámara analiza los agravios de la demandada y concluye que la doctrina establecida en los precedentes “Elliff”, “Badaro” y “Villanustre” es aplicable al caso, confirmando la validez del criterio adoptado por el juez de primera instancia para determinar el haber inicial y la movilidad. Sobre la aplicación del precedente “Villanustre”, la Cámara remite a su jurisprudencia y confirma la decisión. Respecto a la doctrina “Badaro”, también la ratifica y afirma que la misma resulta pertinente. En cuanto a las costas, la Cámara declara la constitucionalidad del art. 36 de la ley 27.423 y confirma que la condena en costas en primera instancia y en esta al demandado perdidoso corresponde conforme al régimen general del C.P.C.C.N., imponiéndolas además a la parte demandada en esta instancia en un 65%, regulando honorarios en el 35% de lo que se estime para la instancia anterior.
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