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SANCHEZ, EVA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que hizo lugar al reajuste de la haber previsional de la actora, de acuerdo a lo resuelto por el juez de Río Cuarto, y rechazó los agravios de la demandada respecto a los topes en las leyes de seguridad social, manteniendo la validez de la sentencia en todos sus términos.

Reajuste previsional Ley 24.463 Topes en seguridad social Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Jurisprudencia corte suprema Costas Seguridad social Beneficios previsionales Apelacion.

La actora, Eva Cristina Sánchez, es beneficiaria de una jubilación bajo la Ley 18.037 desde 1990, solicitó un reajuste que fue denegado por la ANSES. La sentencia de primera instancia hizo lugar al pedido de reajuste y dispuso el pago del mismo, incluyendo costas a la demandada. La demandada apeló alegando la inaplicabilidad de los topes establecidos en la ley 24.463 y cuestionó la constitucionalidad de artículos de la ley 24.241, además de la retención del Impuesto a las Ganancias. La Cámara confirmó la sentencia, señalando que la aplicación de los topes no produce un perjuicio económico grave y que la jurisprudencia de la Corte Suprema respalda la validez de los topes, rechazando los agravios. La Cámara también declaró desiertos los agravios relacionados con los artículos 24, 25 y 26 de la ley 24.241, y rechazó la queja por la retención del impuesto, remitiéndose a la jurisprudencia del Máximo Tribunal. Finalmente, se impusieron las costas a la parte demandada en la instancia de grado y en la de alzada, con regulación de honorarios para la parte actora.

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