M. R., C. J. c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara de Apelación revisa la decisión de primera instancia que ordenaba a la Prefectura Naval Argentina a realizar un traslado de destino a favor del actor, considerando que la normativa reglamentaria debe ceder ante la protección del derecho a la salud de una menor con discapacidad, y ordena dictar un nuevo acto administrativo en 10 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, representada por C. M. R., promovió acción de amparo contra la denegatoria de un traslado de destino solicitado a fin de cuidar la salud de su hija con trastorno del espectro autista (TEA).
- La autoridad administrativa (Prefectura Naval Argentina) denegó el traslado basándose en razones de servicio y normativa interna, alegando que no cumplía con requisitos reglamentarios y que las causales no eran excepcionales.
- La Cámara revoca la decisión administrativa y ordena a la autoridad a dictar un nuevo acto en 10 días, considerando que la protección del derecho a la salud y al bienestar de la menor con discapacidad prevalece sobre las razones de servicio.
- Se resalta que la situación de salud de la menor, los informes de profesionales especializados y el interés superior del niño justifican la intervención judicial para garantizar su protección integral.
- La sentencia fundamenta que, si bien la potestad discrecional de la administración en los traslados es amplia, debe compatibilizarse con derechos constitucionales y tratados internacionales, priorizando el derecho a la salud y a la protección integral de la infancia con discapacidad.
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