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M. R., C. J. c/ PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara de Apelación revisa la decisión de primera instancia que ordenaba a la Prefectura Naval Argentina a realizar un traslado de destino a favor del actor, considerando que la normativa reglamentaria debe ceder ante la protección del derecho a la salud de una menor con discapacidad, y ordena dictar un nuevo acto administrativo en 10 días.

Discapacidad Interes superior del nino Proteccion de derechos Accion de amparo Prefectura naval Traslado laboral Autoridad administrativa Derechos constitucionales. Salud infantil Derecho de amparo

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, representada por C. M. R., promovió acción de amparo contra la denegatoria de un traslado de destino solicitado a fin de cuidar la salud de su hija con trastorno del espectro autista (TEA).
- La autoridad administrativa (Prefectura Naval Argentina) denegó el traslado basándose en razones de servicio y normativa interna, alegando que no cumplía con requisitos reglamentarios y que las causales no eran excepcionales.
- La Cámara revoca la decisión administrativa y ordena a la autoridad a dictar un nuevo acto en 10 días, considerando que la protección del derecho a la salud y al bienestar de la menor con discapacidad prevalece sobre las razones de servicio.
- Se resalta que la situación de salud de la menor, los informes de profesionales especializados y el interés superior del niño justifican la intervención judicial para garantizar su protección integral.
- La sentencia fundamenta que, si bien la potestad discrecional de la administración en los traslados es amplia, debe compatibilizarse con derechos constitucionales y tratados internacionales, priorizando el derecho a la salud y a la protección integral de la infancia con discapacidad.

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