Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: COCCO, SERGIO ORLANDO Y OTROS s/ROBO DAMNIFICADO: GASSIRE, EMIR NAYIP
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional modificó la calificación del hecho por la que recayó condena, declarando la inconstitucionalidad del artículo 167, inciso 2 del Código Penal, y dictaminó que el delito corresponde a tentativa de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública, en lugar de la figura de banda.
¿Quién es el actor?
La defensa del imputado.
¿A quién se demanda?
La resolución del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 28.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La inconstitucionalidad del artículo 167, inciso 2 del Código Penal y la modificación de la calificación legal del hecho.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 167, inciso 2 del Código Penal, modificando la calificación legal del hecho a tentativa de robo agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública, y rechazó el resto del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que el artículo 167, inciso 2 del CP, en su definición de banda, viola el principio de legalidad y la máxima taxatividad del derecho penal, ya que no proporciona una definición clara ni precisa del concepto y su interpretación hermenéutica resulta inapropiada. La sentencia argumentó que esa norma crea un tipo penal que no está definido en la ley, y que su aplicación analógica vulnera el principio de legalidad (artículo 18 de la Constitución Nacional). Se citó el precedente “Rejala Rivas” y la doctrina internacional que exige claridad en la definición de “banda”. Además, se destacó que la norma, en su forma actual, genera una tarea interpretativa que contraviene los principios de fragmentariedad y de legalidad del derecho penal. En consecuencia, se declaró la inconstitucionalidad del artículo y se modificó la calificación del hecho, ajustándose a la tentativa de robo agravado en lugar de banda.
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