Legajo Nº 1 - IMPUTADO: SERVINO, RUBÉN DARÍO s/LEGAJO DE CASACION
La Cámara Federal de Casación Penal inadmite el recurso de casación interpuesto en la causa “Servino, Rubén Darío”, basado en que la doctrina plenaria y precedentes de esta Cámara establecen la constitucionalidad de las normas cuestionadas, y en que la queja por denegación de recursos extraordinarios ha sido desestimada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La decisión fue adoptada por mayoría, con voto en disidencia del juez Gemignani, quien acompañó en lo sustancial pero expresó reservas respecto a la aplicación del precedente. La decisión considera que la cuestión ya ha sido resuelta por doctrina plenaria y antecedentes recientes, y que el recurso resulta inadmisible en virtud de ello.
- Quién demanda: Rubén Darío Servino
¿A quién se demanda?
No se especifica, ya que se trata de un recurso de casación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la constitucionalidad de los arts. 56 bis de la Ley 24.660 y 14 inc. 10 del Código Penal, en virtud de su afectación a principios constitucionales, y la concesión de beneficios penitenciarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto, en base a que la constitucionalidad de las normas ya fue resuelta en doctrina plenaria y en precedentes, y que las quejas similares han sido rechazadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“En el plenario Nº 16 del 8 de abril de 2025, esta Cámara Federal de Casación Penal declaró que los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la Ley 24.660 son compatibles con los principios de igualdad ante la ley y progresividad. La doctrina plenaria establece que no corresponde conceder beneficios penitenciarios a condenados por delitos de narcotráfico, en consonancia con la evolución jurisprudencial y constitucional. La cuestión ya fue resuelta en múltiples precedentes, y la queja por denegación de recursos extraordinarios fue considerada inadmisible por la Corte Suprema en casos similares. Por ello, el recurso de casación resulta inadmisible, sin costas.”
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