BALLOFFET, ERNESTO CLAUDIO c/ EN - AFIP - 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó parcialmente la sentencia en la que se declaró la inconstitucionalidad del art. 79, inc. c, de la Ley de Impuesto a las Ganancias, ordenando el reintegro de las sumas retenidas a un jubilado, con precisiones en la liquidación de intereses y plazos.
- Quién demanda: Ernesto Claudio Balloffet
¿A quién se demanda?
AFIP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad del art. 79, inc. c, de la Ley de Impuesto a las Ganancias y devolución de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias sobre haberes jubilatorios
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente la demanda, declarando la inconstitucionalidad del art. 79, inc. c, y ordenando la devolución de las sumas retenidas desde hace cinco años, con intereses desde la interposición de la demanda; además, se aplicaron tasas de interés específicas y se precisaron los plazos de prescripción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia se fundamenta en la doctrina del fallo “García” de la Corte Suprema, que declaró la inconstitucionalidad de disposiciones similares, y en la protección especial a los jubilados en situación de vulnerabilidad, remarcando que la ley 27.743 no modifica la protección constitucional en este aspecto. La Sala recordó que el estándar de revisión judicial no requiere acreditar la confiscatoriedad del tributo, sino garantizar respuestas diferenciadas para sectores vulnerables. Se precisó que el interés comienza a correr desde la interposición de la demanda respecto a las sumas retenidas en ese período, y desde cada retención para las posteriores, aplicando tasas específicas. Además, se confirmó que las costas deben distribuirse en el orden causado, conforme a jurisprudencia del Tribunal Supremo.
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