SALUM BARBARA S/ INFORMACION SUMARIA CON EXPEDIENTE
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 11 del Departamento Judicial de Morón se declara incompetente y remite las actuaciones al Juzgado competente, en atención a la vinculación del trámite con la sucesión de Barbara Salum.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La resolución analiza la competencia del tribunal en el expediente de información sumaria relacionada con la rectificación de la partida de defunción de Barbara Salum. La autoridad judicial considera que, dado que la cuestión de fondo está vinculada a la sucesión que tramita en el Juzgado N° 11 de Morón, la causa debe seguirse ante dicho juzgado por razones de economía procesal y vinculación con el proceso principal. La resolución establece que no corresponde la intervención del juzgado actual y se inhibe en favor del juzgado que tramita la sucesión, con la posibilidad de que el magistrado de esa dependencia eleve la cuestión al tribunal superior si disiente. Se ordena remitir electrónicamente la causa y notificar a las partes, dejando constancia de que, una vez firme, las actuaciones serán radicadas en el juzgado competente. Fundamentos principales: "tiene en cuenta que la cuestión de fondo de estos autos se encuentra vinculada a la rectificación de la partida de defunción de la Sra. Barbara Salum, cuyo sucesorio tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 11 del Departamento Judicial de Morón, entiendo que por razones de economía procesal este proceso debe tramitar por ante el Juzgado que tramita el proceso sucesorio (art. 6 inc. 1 del CPCC)." "la estrecha vinculación que dicha cuestión guarda con la sucesión ya iniciada, amerita, que prosiga su curso por ante el mismo juez donde originalmente se radicó la sucesión." Disidencia: No se menciona disidencia o votos en disidencia.
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